juez partidor
La partición, división y liquidación de todo tipo de comunidades, es materia de arbitraje forzoso. Los comuneros que no han llegado a un acuerdo en la forma de dividir la comunidad que los vincula y el bien o bienes respecto de los cuales ésta recae, han de designar un juez partidor.
El juez partidor, conduce el procedimiento divisorio, con plenas facultades de representación de la comunidad, enajena los bienes, recibe los dineros y finalmente declara disuelta la comunidad.
Las comunidades que normalmente requieren juez partidor son las de bienes, hereditarias, contractuales y de facto o de hecho.
